Nacional
Por El Universal
Publicado el jueves, 26 de noviembre del 2020 a las 00:06
México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada y sentenció que el titular de la Coordinación Técnica de Difusión del IMSS, Jehú Sánchez García, incurrió en promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, al distribuir entre beneficiarios del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares cartas que incluían el nombre del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Sin embargo, la Sala Superior exoneró al presidente, al director del IMSS y las secretarías de Bienestar y Economía, quienes estaban incluidos en varias denuncias como probables responsables.
Las denuncias Cuatro días más tarde, el PRD también se inconformó e incluyó al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, y a la Secretaría de Economía del Gobierno Federal, que encabeza Graciela Márquez, por presunta violación al principio de imparcialidad porque, para ser beneficiario del programa para Mipymes, primero había que estar inscrito en el llamado Censo del Bienestar.
El PRI también denunció e incluyó la difusión del programa en las redes sociales de los servidores públicos. Para el 10 de julio, la Sala Regional Especializada del TEPJF sentenció que hubo promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, y señaló como único responsable a Jehú Sánchez García, titular de la Coordinación Técnica de Difusión del IMSS.
Esa resolución fue impugnada por el PRD y el PAN, que señalaron que, como López Obrador y el director del IMSS estuvieron en la conferencia de prensa matutina del 23 de abril, cuando se difundió el contenido de la carta, de cierta forma avalaron su contenido y consintieron su difusión.
La resolución del TEPJF Señalaron que ni el PAN ni el PRD aportaron pruebas para acreditar que dichos funcionarios participaron en el diseño, elaboración o difusión de las cartas; consideraron que el IMSS no se mantuvo inactivo ante la propaganda que difundió a través de su portal y modificó en dos ocasiones, de forma voluntaria, el contenido de las cartas para evitar que se siguieran difundiendo con el nombre y cargo del presidente de la República.
El 24 de abril pasado, el PAN denunció al presidente López Obrador por el supuesto uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada, por incluir su nombre en las cartas que se hicieron llegar a los beneficiarios de ese programa del gobierno federal para mitigar los efectos económicos por el Covid-19.
El 30 de abril, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE dictó la medida cautelar para suspender la difusión de las cartas con el nombre y/o cargo del presidente de la República. La medida fue ratificada por esta Sala Superior el 6 de mayo.
Este miércoles, en sesión pública virtual, las magistradas y los magistrados desestimaron los argumentos contra la exoneración del presidente, de Zoé Robledo y de las secretarías del Bienestar y Economía, así como del Coordinador General de Programas para el Desarrollo del gobierno federal.
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